Durante ese plazo, no se podrá avanzar con el cierre del organismo ni con el traspaso de funciones a la empresa estatal Corredores Viales S.A., como lo establecía el decreto firmado por el presidente Javier Milei. El juez consideró que la disolución podría afectar derechos laborales y generar un perjuicio irreparable si se ejecutara antes de que se resuelva el fondo del reclamo judicial.
La suspensión es temporal y se mantendrá vigente por seis meses o hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el caso.
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